sábado, 30 de junio de 2018

Obligaciones generales de los contribuyentes

José Arcadio Cabrera Luque

Por: Andrea Negrón
La Constitución, en sus páginas estable las obligaciones y derechos fundamentales de los contribuyentes. De manera general, los individuos tienen la responabilidad de cumplir con ciertas obligaciones, siendo la principal, el pago de contribuciones.

Todas las personas morales y físicas que debanpresentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir facturas electrónicas por las actividades que realicen, por los ingresos que reciban, que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades del sistema financiero o en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo o en cuentas que reciban depósitos o realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones[1], deben:

1. Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), proporcionandoinformación relativa a la identidad, domicilio y situación fiscal del contribuyente y, solicitar el certificado de firma electrónica avanzada (conocida como FIEL).

2. Llevar la contabilidad1 correspondiente a su actividad.

3. Pagar mediante declaración, ya sea por el propio contribuyente, retenedor o recaudador.

En caso de que  las personas físicas o morales no cumplan con las obligaciones señaladas serán acreedoras a una infracción o en casos específicos, se considerará un delito.Cabe mencionar que las obligaciones varían dependiendo del tipo de persona1 que sea el contribuyente y el régimen fiscal al cual esté sujeto.
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1 Art. 27 del CFF.
2Se establece en la LISR.Se integrar conforme a lo establecido en el artículo 28 del CFF.
3 Moral o física.
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* Andrea Negrón es colaborador en Cabrera y Murillo Abogados S.C

Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C

Firma fundadaen 2015 porlosabogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializadaenasesoría, planeación y litigioenmateria fiscal y administrativa. Cuenta con oficinasen la Ciudad de México y Guadalajara.



1 comentario:

  1. Hace poco leí una nota sobre el anuncio de la aplicación Mi Contabilidad -ya disponible para su descarga- en el portal del SAT, los expertos tienen claro que la intención de la autoridad fiscal es simplemente facilitar la presentación de obligaciones por parte de los contribuyentes. Se trata de una aplicación que ya se estaba usando con las personas morales pero ahora amplía la entrada en vigor para las personas físicas, y se entiende que al migrar a una nueva versión le agregaron otros controles.

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