lunes, 4 de junio de 2018

La compensación en materia fiscal

José Arcadio Cabrera Luque

Tanto la compensación como la devolución se refieren a la posibilidad de que los contribuyentes puedan recuperar las cantidades pagadas en exceso a las autoridades fiscales.

¿En qué consiste la compensación fiscal?

La compensación es una forma de extinguir obligaciones cuando dos personas reúnen las características de deudores y acreedores recíprocos. En materia fiscal, los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración tienen la posibilidad de compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar, ya sea por un adeudo propio o por retención a terceros1

Ésta solo se puede realizar de oficio,en relación con cantidades que el fisco esté obligado a devolver. Las condiciones para compensar son que los impuestos que se pretendan compensar: a) deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, b) los administre la misma autoridad y c) no tengan un fin específico.

Para realizar la compensación, se debe actualizar las cantidades desde el mes en que se efectuó el pago de lo indebido o se presentó la declaración con saldo a favor hasta el día que la compensación se realice.

Los contribuyentes están obligados a presentar ante las autoridades fiscales el aviso de compensación dentro de los 5 días siguientes a aquel en que la misma se haya efectuado.

José Arcadio Cabrera Luque
                                                                                                                        Cabrera y Murillo Abogados S.C.
                                                                                                                          contacto@cabreraymurillo.com



1
.La compensación en materia fiscal se regula en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

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