Por: Rajib Torres*
Mediante el acuerdo 60/2018, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día 14 de junio del presente año, a
través del Diario Oficial de la Federación, las modificaciones a las Reglas de
carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la
recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito.
Al respecto, la recepción de información de
declaraciones fiscales y la recaudación de contribuciones provenientes de
operaciones de comercio exterior y demás que deban pagarse conjuntamente con
éstas, quedarán sujetas a las presentes Reglas, así como al Anexo 2 a que se
refiere la Regla Octava de las mismas hasta los 634 días naturales siguientes a
la publicación de las presentes Reglas en el Diario Oficial de la Federación.
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*Rajib Torres es colaborador en Cabrera y Murillo
Abogados S.C.
Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.
Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio
Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y
litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de
México y Guadalajara.
Muy buen artículo.
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