viernes, 27 de julio de 2018

Declaración anual de las personas físicas: ¿Quiénes están obligadas a presentarla?

José Arcadio Cabrera Luque

Por: Andrea Negrón*

Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales o servicios profesionales están obligadas a presentar declaración anual en el mes de abril de año siguiente a la obtención de ingresos.

En México, las personas que están obligadas a presentar su declaración anual son las siguientes:

1. Los prestadores de servicios profesionales (honorarios), entre ellos se encuentran los médicos, abogados, contadores, ingenieros, arquitectos, etc.

2. Las personas que se dedican en general a rentar inmuebles.

3. Las personas que realizan actividades empresariales (comerciantes, industriales, agricultores, ganaderos, quienes se dedican a actividades silvícolas, de pesca y de autotransporte).

4. Por enajenar y comprar bienes.

5. Las personas que perciben sueldos y salarios.1

6. Quienes obtuvieron ingreso por intereses reales superiores a los $100,000.00.

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*Andrea Negrón es colaboradora en Cabrera y Murillo Abogados.
Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.

Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de México y Guadalajara.

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1Hay casos específicos.

contacto@cabreraymurillo.com

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