Por: Rajib Torres*
El Servicio de Administración Tributaria (SAT)
informa que durante este periodo vacacional, del 8 de junio al 19 de agosto,
los pasajeros de origen mexicano que ingresen al país pueden pasar mercancía
adicional a los 500 dólares ya permitidos, hasta por 500 dólares (franquicia),
sin que tengan que pagar impuesto alguno.
Esta cantidad se puede acumular por persona cuando
viajen en el mismo medio de transporte. Si aun así traen mercancía cuyo costo
supere los 500 dólares, deberán pagar, con tarjeta de crédito o débito,
directamente en la aduana por la que ingresen el impuesto por el excedente.
Para que su ingreso sea más fácil y sin
contratiempos, la declaración y pago por excedente de franquicia se puede hacer
en línea, antes de llegar al país, y entregarla en la aduana al ingreso. El
aumento de la franquicia no aplica para los residentes en la franja o región
fronteriza.
Si desea ver el contenido completo dé clic en la
siguiente liga:https://www.gob.mx/sat/prensa/com2018_034
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*Rajib Torres es colaborador en Cabrera y Murillo
Abogados.
Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C
Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio
Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y
litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de
México y Guadalajara.
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