lunes, 13 de agosto de 2018

¿Sabes que bienes y servicios se gravan a la tasa de 0%?

José Arcadio Cabrera Luque


Por: Andrea Negrón*

Uno de los regímenes especiales previstos por la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) es el de tasa de 0%, el cual se genera el impuesto pero a una tasa de 0%. Es decir, aquel que causa el impuesto a dicha tasa sí es contribuyente, por lo que sí tiene derecho al acreditamiento.

En términos generales, se grava a la tasa de 0% la enajenación de alimentos y medicinas, así como la exportación de bienes y servicios.

• Algunos ejemplos de las enajenaciones que se gravan al 0% son los siguientes1:

• Animales y vegetales no industrializados2

• Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación3

• Hielo y agua no gaseosa ni compuesta4

• Tractores, empacadoras, desgranadoras y abonadoras.

• Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas5

• Invernaderos hidropónicos y equipos de irrigación.

• Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas y ornamentales y lingotes6

• Libros, periódico y revistas que editen los propios contribuyentes.

Se insiste en que estos son solo algunos ejemplos, hay más bienes y servicios que se se gravan a tasa de 0%.
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1Se regulan en el artículo 2-A de la LIVA..
2Existen ciertas excepciones.
3Igual existen ciertas excepciones. En el caso de alimentos, éstos no deben estar preparados para su consumo y no ser considerados de lujo.
4Excepto cuando el envase sea menor de 10 litros.
5Deben ser utilizados en la agricultura o ganadería.
6Se prevén algunas especificaciones.

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*Andrea Negrónescolaboradoraen Cabrera y Murillo Abogados.

Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.

Firma fundadaen 2015 porlosabogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializadaenasesoría, planeación y litigioenmateria fiscal y administrativa. Cuenta con oficinasen la Ciudad de México y Guadalajara.



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