martes, 29 de enero de 2019

¿Qué es el juicio de lesividad?


Juicio de lesividad

Por: Naim Piña*

El juicio contencioso administrativo de nulidad o de lesividad ante el Tribunal de la materia, es aquel que procede a interponer la autoridad cuando es el caso de que se percata que una de las resoluciones fiscales que haya sido dictada en favor de un contribuyente es indebido y por tanto, afecta al fisco.

La autoridad hacendaria debe optar por este instrumento, toda vez que no está facultado para revocar la resolución en cuestión de manera directa, así como tampoco puede exigir el reembolso de la cantidad que haya resultado.

De tal manera que se puede comprender, que el objeto de este juicio es el de subsanar alguna actuación que haya sido llevada a cabo por la autoridad, y esto lo realiza a través de este proceso jurisdiccional, para respetar el derecho a defenderse del contribuyente que podría resultar afectado por la nulidad respectiva.

Se señala que dicho mecanismo se fundamenta en el principio: el error que puedan cometer los servidores públicos no puede imperar sobre el interés público (entendiendo que el interés público versa sobre el hecho de que el gobierno recaude la mayor cantidad de recursos posibles, con la finalidad de satisfacer sus necesidades).

La SCJN ha justificado el plazo de 5 años para promoverlo, al señalar que la autoridad fiscal tiene una cantidad significativa de asuntos bajo su escrutinio y reiterando:

"El error de la autoridad no puede prevalecer sobre el interés público"

El autor es colaborador en Cabrera y Murillo Abogados
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Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de México y Guadalajara.



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