Por: Naim Piña*
El Juicio Contencioso Administrativo
(JCA) es el medio de control que funge como la instancia autónoma prevista en
la Ley, por la cual se busca proteger los derechos administrativos de los
gobernados y que para ello realiza una función jurisdiccional.
Sin embargo, para efectos de que su
actuación sea lo más apegada a lo que su mandato constitucional establece, es
que se apoya en los siguientes principios:
a)
Legalidad. Por lo cual, el TFJA sólo podrá llevar a cabo lo que la Ley
le permite, ya sea para emitir un acto o resolver.
b)
Oficiosidad. El tribunal deberá de actuar dentro de lo que su
competencia le permita, sin que el contribuyente tenga que solicitarlo.
c)
Equidad. La Ley se deberá de aplicar en circunstancias iguales a todas
las personas que se encuentren en situaciones semejantes.
d)
Público. Dejando en claro que el proceso deberá estar abierto al
interesado para no afectar sus derechos.
e)
Escrito. El juicio deberá de ser registrado en constancias tangibles
en forma escrita.
f)
Economía. Se buscará realizar el procedimiento con la mayor economía
de esfuerzo y costo para todas las partes.
g)
Definitividad. La resolución debe ser firme o debió de haber culminado
un procedimiento.
*El autor es colaborador en Cabrera y Murillo
Abogados
Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.
Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio Cabrera Luque
y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y litigio en
materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de México y
Guadalajara.
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