Por:
Naim Piña*
El
Índice Nacional de Precios del Consumidor (INPC) es un indicador económico,
cuyo objeto es medir la variación de los precios de aquellos productos que se
consideran como la canasta básica y los servicios del consumo de los hogares.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía
e Informática (INEGI) es el responsable de dar a conocer el valor del INPC, a
través del Diario Oficial de la Federación, y siempre será dentro de los
primeros diez días del mes.
De igual manera, en el DOF se señalan cuáles
fueron los precios que se elevaron de manera más significativa, así como las
fluctuaciones a la baja, lo cual viene a consistir en una motivación/explicación
del valor publicado1.
Dicho valor en materia fiscal tiene especial
relevancia en el cálculo de las contribuciones a pagar cuando éstas no fueron
remuneradas a la autoridad en su plazo legal. El dinero como todas las cosas, también
pierde su valor con el paso del tiempo, así las cosas, es que, cuando se dé el
supuesto de que se tenga contribuciones que no fueron pagadas en su momento, el
monto deberá de ser actualizado, por lo cual, con base en el INPC, se obtendrá
el Factor de Actualización, con el cual se calculará lo que sería la cantidad
final de pago.
El
Servicio de Administración Tributaria tiene en su Portal los índices históricos
para su consulta en el siguiente enlace:
*Naim Piñaes colaboradora en Cabrera y Murillo Abogados
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Cabrera y Murillo Abogados S.C
Firma fundada en 2015
por los abogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez,
especializada en asesoría, planeación y litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de México
y Guadalajara