jueves, 7 de febrero de 2019

Juicio Contencioso Administrativo en vía sumaria


Juicio Contencioso Administrativo en v+¡a sumaria

Por: Naim Piña*

Se habla del Juicio Contencioso Administrativo en la vía sumaria, cuando el procedimiento adjetivo con el cual se busca resolver las controversias en la materia con la administración pública federal simplificando el sistema de notificaciones y la abreviación de los plazos en los cuales se desarrolla la instancia jurisdiccional y el magistradoinstructor se torna en la autoridad con la potestad de resolver la cuestión fiscal-administrativa de forma unitaria.

Los requisitos para el desarrollo del Juicio Contencioso Administrativo en la vía sumaria son los siguientes:

• El contribuyente debe de manifestar que opta por la vía sumaria en lugar de la tradicional en el cuerpo del escrito inicial.

• El importe no debe de exceder de 15 veces el salario mínimo vigente elevado al año de su emisión.

• Sólo procederá contra las resoluciones definitivas que se establecen en el artículo 58-2 de la LFPCA.

Para determinar la cuantía en los casos en los incisos I), III), y V), sólo se considerará el crédito principal sin accesorios ni actualizaciones. Cuando en un mismo acto se contenga más de una resolución de las mencionadas anteriormente no se acumulará el monto de cada una de ellas para efectos de determinar la procedencia de esta vía.

La figura de la vía sumaria surge con la reforma administrativa del 2010, en la cual se determina la adición del capítulo XI, al título II de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo (artículos 58-1 a 58-15).

* El autor es colaborador en Cabrera y Murillo Abogados
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Sobre Cabrera y Murillo Abogados S.C.Firma fundada en 2015 por los abogados José Arcadio Cabrera Luque y Raúl Murillo Márquez, especializada en asesoría, planeación y litigio en materia fiscal y administrativa. Cuenta con oficinas en la Ciudad de México y Guadalajara.


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