viernes, 4 de mayo de 2018

¿Qué es un acuerdo conclusivo?

José Arcadio Cabrera Luque

Un acuerdo conclusivo lo podemos definir como un medio alternativo entre la autoridad y el contribuyente que sirve para la regularización de su situación fiscal durante las revisiones en el domicilio de las autoridades, las visitas domiciliarias y las revisiones electrónicas.

Este medio alternativo funciona de la siguiente manera:

Una vez que la autoridad califique hechos y omisiones durante las revisiones y visitas, cualquier contribuyente puede solicitar el acuerdo conclusivo hasta antes de ser notificada laresolución.

Posteriormente, se ingresa la solicitud de acuerdo conclusivo ante PRODECON planteando los términos en que se plantea el acuerdo conclusivo.

PRODECON solicitará a la autoridad para que en un plazo de 20 días, manifieste si acepta o no los términos del acuerdo conclusivo, es decir,la autoridad tendrá que explicar las razones por los cuales no se acepta, o bien, en caso de aceptar dicho acuerdo en que términos procedería la adopción de la propuesta para el acuerdo.

Los puntos destacables o ventajas de esta herramienta, son las siguientes:
  • No es necesario acudir al juicio
  • Posibilidad de condonación al 100% en multas
  • No es limitativo y se pueden solicitar acuerdos conclusivos subsecuentemente
  • No hay necesidad de esperar el trámite de una auditoría
Además de lo anterior, un acuerdo conclusivo puede ser mucho más rápido en tiempo que un juicio, lo que resulta más atractivo para los contribuyentes.


José Arcadio Cabrera Luque
Cabrera y Murillo Abogados S.C.

1 comentario:

  1. Este tipo de acuerdos son convenios -por así decirlo- entre la autoridad y el contribuyente que se presenta cuando este último no está de acuerdo con los hechos u omisiones asentados...

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