Un acuerdo conclusivo lo podemos definir como un medio alternativo entre la autoridad y el contribuyente que
sirve para la regularización de su situación fiscal durante las
revisiones en el domicilio de las autoridades, las
visitas domiciliarias y las revisiones electrónicas.
Este medio alternativo funciona de la siguiente
manera:
Una vez que la autoridad califique hechos y
omisiones durante las revisiones y visitas, cualquier contribuyente puede
solicitar el acuerdo conclusivo hasta antes de ser notificada laresolución.
Posteriormente, se ingresa la solicitud de acuerdo
conclusivo ante PRODECON planteando los términos en que se plantea el acuerdo
conclusivo.
PRODECON solicitará a la autoridad para que en un
plazo de 20 días, manifieste si acepta o no los términos del acuerdo
conclusivo, es decir,la autoridad tendrá que explicar las razones por los
cuales no se acepta, o bien, en caso de aceptar dicho acuerdo en que términos
procedería la adopción de la propuesta para el acuerdo.
Los puntos destacables o ventajas de esta
herramienta, son las siguientes:
- No es necesario acudir al juicio
- Posibilidad de condonación al 100%
en multas
- No es limitativo y se pueden
solicitar acuerdos conclusivos subsecuentemente
- No hay necesidad de esperar el
trámite de una auditoría
José Arcadio Cabrera Luque
Cabrera y Murillo Abogados S.C.
Este tipo de acuerdos son convenios -por así decirlo- entre la autoridad y el contribuyente que se presenta cuando este último no está de acuerdo con los hechos u omisiones asentados...
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